Departamento de Investigación y Seguridad Municipal
Encargado: Policía Tercero.
Dirección: Carretera Tulancingo-Acatlán, Tramo: Tulancingo-Jaltepec Km. 2 Colonia San Nicolás El Chico, C.P. 43709 Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
Teléfonos: 01775 (7552843).
Tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:
I. Crear bancos de información que permitan el establecimiento de programas especiales que conlleven a la formación de una estrategia de prevención y combate a la delincuencia, así como a la coordinación para tal fin de los cuerpos policiales;
II. Sistematizar los datos y cifras relevantes sobre servicios de seguridad preventiva, procuración y administración de justicia y los factores asociados a la problemática de seguridad pública;
III. Capturar, procesar, ordenar y analizar la información estadística criminal del municipio, para presentarla de manera oportuna y confiable a las distintas instituciones públicas;
IV. Coordinar los sistemas de información y estadística de la Coordinación General procesando la información pertinente que deberán proporcionarle de acuerdo con las normas, procedimientos e indicadores que establezca y actualice;
V. Organizar el Sistema Municipal de Información de Seguridad Pública;
VI. Investigar y determinar las causas que dan origen a los delitos, precisar los lugares de su comisión, conocer el impacto social que producen y su costo y desarrollar estrategias que apoyen su prevención y el combate a la impunidad, en coordinación con las unidades administrativas competentes;
VII. Promover la comunicación e intercambio de experiencias con instituciones estatales, nacionales y extranjeras para la cooperación y fortalecimiento de acciones en materia de política de seguridad pública;
VIII. Participar en el diseño de instrumentos de planeación por lo que se refiere a seguridad pública y prevención del delito en el municipio;
IX. Recabar y sistematizar la información general en materia de incidencia delictiva con relación al municipio de instituciones estatales y federales;
X. Organizar y desarrollar mecanismos permanentes de coordinación y comunicación con las unidades administrativas generadoras de información criminal, a efecto de uniformar y definir criterios, mecanismos y estrategias para su obtención inmediata;
XI. Las demás que le confiera el Coordinador General y otras disposiciones legales reglamentarias.
Ultima actualización (Lunes 08 de Febrero de 2010 16:11)














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